Más allá del parentesco, existen variadas situaciones que originan derechos incontestables a las relaciones personales, comunicación, visitas, etc. A veces lo reconoce el propio legislador, cuando prohíbe que puedan impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor «con sus hermanos, abuelos y otros parientes o allegados» (artículo 160.2 del Código civil) o cuando prevé que la Entidad Pública a la que esté encomendada la protección de los menores en situación de desamparo regule las visitas y comunicaciones (artículo 161). Pero otras veces se encuentra tal reconocimiento de estos derechos de las personas allegadas en el convenio regulador de una crisis matrimonial, en un convenio sin existencia de crisis o, naturalmente, en una sentencia judicial.Y el origen de tales situaciones puede situarse en las segundas nupcias del viudo o del divorciado que tuvo hijos menores del anterior matrimonio cuando éstos no son adoptados por el nuevo cónyuge de aquél, o cuando un reconocedor de complacencia rompe la convivencia con la madre de la criatura, o cuando un menor, habiendo fallecido el progenitor custodio, queda conviviendo con quien formaba pareja con el mismo. También cuando el que se creía padre y actuó como tal durante años, descubre tras la ruptura de la pareja (matrimonial o no) que él no era el padre de los hijos a quienes alimentó y con quienes tenía vínculos muy estrechos (una cuestión que, por cierto, ha dado lugar a no pocas sentencias en las que se han discutido pretensiones de enriquecimiento injusto o/y de daños morales). Y también encontramos allegados en el transcurso de las variadas vicisitudes por las que puede atravesar la figura del acogimiento familiar.Isabel de la Iglesia comenzó su vida académica centrando su atención en los derechos reales, y especialmente, en el derecho de superficie y derechos análogos. Desde ahí, ha tenido numerosas aportaciones en otros temas del Derecho de cosas, como son los de procedimiento registral, inmisiones, hipoteca, inmatriculación de inmuebles o derecho moral de autor. Autora habitual de la Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, tiene también trabajos interesantes en el Derecho de obligaciones (retracto convencional, cooperativas, enriquecimiento injusto, pago por consignación, lease-back) y en el de sucesiones (administración de la herencia, interpretación del testamento, favor testamenti…), en el Derecho de la persona (protección del nasciturus, capacidad e incapacidad, curatela, emancipación, nacionalidad, vecindad civil, derecho al honor y a la intimidad, transexualidad…) y sobre todo, en el Derecho de familia, donde ha trabajado en temas de patria potestad, cargas del matrimonio, tutela, guarda y custodia, derecho de alimentos, filiación, reproducción asistida, matrimonios de complacencia, donaciones propter nuptias, pactos prenupciales, crisis matrimoniales y otras varias cuestiones.Con esta monografía acerca del allegado aporta una visión hasta ahora poco explorada sobre esta figura, mucho más presente en las relaciones jurídicas de lo que podría pensarse. Es la primera obra de la autora después de la obtención de la plaza de Profesora Titular de Derecho civil por la Universidad Complutense de Madrid.MARIANO YZQUIERDO TOLSADACatedrático de Derecho civilDirector de la colección
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Título : El Allegado. Su derecho de relaciones personales (visita, comunicación y estancias) con el menor
EAN : 9788413774862
Editorial : Dykinson S.L.
Fecha de publicación
: 21/4/21
Formato : PDF
Tamaño del archivo : 1.98 mb
Protección : Adobe DRM
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